DEPARTAMENTO DE TRIBUTACIÓN Y FISCAL

Asesoramiento y estudio de las diversas formas impositivas existentes en nuestra legislación tributaria, sugiriendo la elección de la más correcta.

Gestión impositiva completa dirigida a empresas mediante la elaboración y confección de los distintos modelos y pagos a cuenta y fraccionados tras su extracción de la contabilidad de las Sociedades Mercantiles, así como la elaboración de las distintas obligaciones formales propias de los autónomos o empresarios personas físicas en Estimación Directa u objetiva (Módulos), así como las propias de agricultores, ganaderos y arrendadores.

RELACIÓN DE IMPUESTOS COMPETENCIA DE LA HACIENDA ESTATAL




 
 
   

- (I.R.P.F.) Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
- (I.P.) Impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas.
- (I.S.) Impuesto de Sociedades.
- (I.V.A.) Impuesto sobre el valor añadido.

Generalmente los pagos fraccionados y a cuenta en sus distintas modalidades para el I.R.P.F. e I.V.A deberán presentarse entre el uno y el veinte de las mensualidades de:
- Abril (Comprende Enero, Febrero y Marzo)
- Julio ( Abril, Mayo y Junio)
- Octubre ( Julio, Agosto y Septiembre)
- Enero ( Octubre, Noviembre y Diciembre)

El I.R.P.F. que aglutinará los distintos pagos fraccionados deberá presentarse tanto para autónomos como para particulares no autónomos en las fechas comprendidas entre el 2 de Mayo y 20 o 30 de Junio dependiendo del resultado de la declaración y si éstos son o no hábiles.

RELACIÓN DE IMPUESTOS COMPETENCIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VALENCIANA.

- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
- Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados
- Impuesto sobre Sucesiones
- Impuesto sobre Donaciones

La liquidación de dichos Impuestos deberá realizarse en los inmediatos 30 días hábiles posteriores, excepto el Impuesto sobre Sucesiones a causa del fallecimiento que se alarga hasta los 6 meses posteriores al mismo.




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